Por Ignacio Koblischek
2.1.-Titulares de los escudos de armas militares.
En el caso concreto de la Heráldica Militar, los titulares de los escudos son los militares y las UCO (Unidades, Centros y Organismos). Actualmente no contamos con escudos que representen a demarcaciones territoriales en este ámbito ya que a finales del siglo XX desaparecieron las regiones militares.
La importancia del titular reside en que es el que aprobará el diseño final de su escudo, el cual será el mayor exponente de su personalidad y, por consiguiente, de su identidad.
Militares
Todos los militares, al igual que el resto de la población, tienen derecho a usar escudo de armas. Del mismo modo, todos están facultados para acolar las recompensas militares ganadas.
Por el contrario, sólo utilizan ornamentos exteriores que especifican su empleo los oficiales generales y los coroneles o capitanes de navío:
Oficiales generales:
Capitán General (SM el Rey)
General de Ejército / General del Aire / Almirante General
Teniente General / Almirante
General de División / Vicealmirante
General de Brigada / Contralmirante
Oficiales sólo Coronel / Capitán de Navío
Respecto a las UCO se identifican por escudos:
-Unidades militares: División, Brigada, Regimiento, Batallón, Agrupación...
-Centros: de enseñanza, de mantenimiento, de inteligencia, residencias...
-Organismos: Personal, Inspección, Intervención...
Además, podrá dotarse de escudo específico al primer contingente que participe en una operación en el exterior que, con carácter general, será único mientras dure la operación.
UCO
Las UCO también son titulares de escudos. Con esta denominaciones abarcamos a todas las Unidades Militares, Centros y Organismos de las Fuerzas Armadas.